2023/03/22

XX CONVENIO DE INGENIERÍAS Y ESTUDIO TÉCNICOS.

 

Hola compañer@s.

A fecha 10/03/2023, se ha publicado nuestro Convenio en el Boletín Oficial del Estado nº 59 con el número de inscripción 6346, con lo que, a todos los efectos, es de plena aplicación. 

Os pasamos el enlace:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-6346

 

Como puntos importantes a destacar, están los siguientes:

  • Contratación:  Se añaden retribuciones por trabajo efectivo en contratos formativos. Contrato circunstancias de producción duración máxima 9 meses…. (Artículo 18)
  • Permisos Retribuidos: equiparación cónyuge con pareja de hecho, excepto permiso por matrimonio. Opción de disfrute de dichos permisos de forma continua o discontinua.  (Artículo 24)
  • Importe de dieta completa y kilometraje: el mínimo queda fijado en 51€/día, mas 11,50 por comida o cena, que pasará a 12 en 2024.  Km mínimo fijado en 0,28€/km (Artículo 37)
  • Aumento plus convenio (euros anuales): 2022 (2.396,68),2023 (2.444,61), 2024 (2.493,50). (Artículo 38)
  • Nuevos artículos Trabajo a distancia y desconexión digital: Abono de 1€ diario, siendo proporcional en caso de que no se trabaje la totalidad de la jornada. Fijado en 1,02 a partir del 2024.  Regulación para disminuir la fatiga y el estrés para mejorar el clima y calidad del trabajo. (Artículos 39 y 40)
  • Cambios en las tablas salariales: (Anexo II, salarios base) 
    • 2021: los niveles salariales 8 y 9 experimentarán unas subidas del 4,76% y 5,53%, respectivamente.
    • 2022:  incremento del 3,10% sobre la cantidad de 2021.
    • 2023: incremento del 3,50% sobre la cantidad del 2022.
    • 2024: Podrá ser desde un 0% a un 3,50% de la cantidad del 2023 según termine la variación anual del Índice de Precios de Consumo (IPC) registrado a fecha 31/12/2023.


Estos cambios tienen efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2021 y las empresas disponen de 32 días desde la fecha de publicación del Convenio para la regularización y abono de atrasos en los casos que proceda.


El convenio marca condiciones mínimas y si la empresa te ha ofrecido unas mejores, estas no deben ser modificadas a peor, salvo que tú accedas a ello.


Recordad que si tenéis alguna consulta podéis escribirnos a comite.ext.tcp@gmail.com


Un cordial saludo,
RLT.