2023/09/18

Conciliación: vida familiar y profesional

El BOE ha publicado el RD Ley 5/2023. Dicho Real Decreto introduce cambios en el Estatuto de los Trabajadores relativos a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y cuidadores.

Por un lado, os dejamos un enlace a dicho decreto.

Y por otro, os ponemos lo que creemos más relevante y que mejora condiciones de nuestro convenio actual.

1.- Art.4.2.c): Derechos Laborales.

Especifican que el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral será constitutivo de discriminación por razón de sexo.


2.- Art. 34.8 Adaptación de Jornada.

Añaden fórmulas de trabajo flexible.


3.- Art. 37: Permisos Retribuidos o Ausencias de Trabajo.

Hay varios cambios entre los que destacan cambios en el número de días o personas a las que aplica tanto en varias letras: fallecimientos, cuidado de lactantes, cuidado de menores de 12 años o de persona con discapacidad…

También se añade el apartado 9 para ausencias por razones justificadas de urgencia familiar.


4.- Art. 45.1: Suspensión de contrato

Regulación de la nueva causa de suspensión de contrato por disfrute del permiso parental.


5.- Art. 46.3: Excedencia por cuidado de hijos o familiares

Regula la excedencia para cuidado de hijos por un periodo no superior a 3 años.


6.- Art. 53.4 y 55.5:  Protección contra el despido

Relativo y derivado del disfrute de permisos de conciliación, recogiendo el disfrute de todos los derechos de conciliación, incluyendo los nuevos, entre las causas de nulidad.


7.- Disposición adicional decimonovena: Indemnizaciones por despido

Incide sobre el cálculo indemnizaciones despido en los casos de reducción de jornada.


Recordad que si tenéis alguna consulta podéis escribirnos a comite.ext.tcp@gmail.com


Un cordial saludo,
RLT.